000 | 02657nam a22001337a 4500 | ||
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008 | 170615b xxu||||| |||| 00| 0 spa d | ||
040 |
_aAR-PrLER _bspa |
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080 | _a342.7 | ||
245 |
_aSistema protección discapacitados : _bLey Nº 22,431. -- |
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260 |
_aCórdoba : _bLa Cañada, _c1999. |
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300 |
_a136 p. ; _c22 cm. |
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505 | _aÍNDICE: Sistema de protección integral de las personas discapacitadas: Ley Nº 22,431.Título I: Normas generales. Cap. I: Objetivo, concepto y calificación de discapacidad. Cap. II: Servicios de asistencia, prevención, órgano rector - Título II: Nomas especiales. Cap. I Salud y asistencia social. Cap. II: Trabajo y educación. Cap. III: Seguridad social. Cap. IV: Accesibilidad al medio físico - Título III: Disp. compl.. Dec. Regl. Nº 498/83. Reglamentación de la ley 22.431. Dec. Nº 914/97. Regl. de los arts. 20, 21 y 22 de la ley 22.431. Res. Nº 533-MEOYSEP. Transporte. Régimen. Aprobación - Sistema de la adquisición de automotores: Ley Nº 19.279. Dec. 1313/93. Adquisición de automotores. Normas. Dec. 1978/90. Importación. Automotores de origen extranjero adquiridos por discapacitados. Excepciones. Requisitos. Res. Gral. Nº 3711/93-DGI- Automotores. Discapacitados. Acreditación de su capacidad económica y/o del grupo familiar para gozar de beneficios dispuestos en la ley 19 279 y modificatorias - Talleres protegidos de producción. Ley Nº 24.147. Grupos laborales protegidos. Régimen - Hipoacusia. Ley Nº 24.204. Telecomunicaciones. Servicio de telefonía domiciliaria para personas hipocacúsicas - Consejo Federal de Discapacidad. Ley 24.901. Discapacitados. Ámbito de aplicación. Servicios específicos y alternativos. Prestaciones complementarias - Dec. Nº 1193/98. Regl. de la ley Nº 24.901 - Sistema único de prestaciones básicas para personas con discapacidad. Dec. Nº 762/97. Creación. Objetivos - Concesiones. Ley Nº 24.308.Discapacitados. Vigencia. Sustitución del art. 11 de la Ley 22.431 - Dec. Nº 795/94- Regl. de la ley Nº 24.308 - Legislación provincia de Córdoba. Sistema de protección integral de las personas discapacitadas. Ley N. 8.501. Adhesión a la ley 22.431. Comisión Provincial del Discapacitado. Ley Nº 8.624. Funciones. No videntes.Ley Nº 4.767. Administración Pública Provincial. Reserva de cargos. Dec. Nº 737/67. Regl. de la Ley. 4.767. Ley Nº 5.624. Cargos y becas para discapacitados. Dec. Nº 5857/80. Beneficios a la ley Nº 5.624. Requisitos. Ley Nº 5.801. Becas. Dec. Nº 564/86. Transporte y arquitectura. Ley Nº 7.820. Concesiones. Ley Nº 8.201. Biblioteca para ciegos. Ley Nº 8.690. Lenguaje. | ||
942 | _cLIB | ||
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_c9010 _d9010 |