Antecedentes parlamentarios : Ley 26.589- Ley de mediación prejudicial obligatoria. Ley 26.590- Cuenta sueldo. dirigido por Pía María Serafini y Gonzalo Lissarrague. Año xvii - Nº 6 - Marzo de 2010.
Detalles de publicación: Buenos Aires : La Ley, 2010.Descripción: 163 p. ; 25 cmTipo de ítem | Biblioteca de origen | Signatura topográfica | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Biblioteca de la Legislatura de Entre Ríos | 342.53 A59 | 1 | Disponible | 12847 |
ÍNDICE: Desarrollo parlamentario: Ley 26.589. Ley de mediación prejudicial obligatoria - Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Sustitución de los arts. 34, 77, 207, 360, 500 y 644 de la ley 17.454. Derogación de los arts. 12 a 31 de la ley 24.573 y las leyes 25.287 y 26.094. Ley 26.590. Ley de contrato de trabajo. Remuneración. Medios de pago. Pago de la remuneración. Entidad bancaria o institución de ahorro oficial. Cuenta sueldo. Gratuidad sobre su constitución, mantenimiento o extracción de fondos. Sustitución del art. 124 de la ley 20.744 (t.o. 1976) - Índice - Presentación de proyectos: Proyectos de ley. Ingresados por el Pode Ejecutivo nacional en la Cámara de Diputados. Ingresados en la Cámara de Diputados.