Curso de Obligaciones : Ajustado a los programas de Derecho Civil II y Obligaciones Civiles y Comerciales vigentes en Universidades Nacionales y Privadas. Tomo I /

Alterini, Atilio Aníbal

Curso de Obligaciones : Ajustado a los programas de Derecho Civil II y Obligaciones Civiles y Comerciales vigentes en Universidades Nacionales y Privadas. Tomo I / Atilio Anibal Alterini. -- - 3º edicion. -- - Buenos Aires : Abeledo Perrot, 1986. - 451 p. ; 23 cm.

Obligaciones en general - Nociones generales - Concepto de obligación - Definición - Naturaleza jurídica - Comparaciones - Situaciones especiales - Evolución - Metodología - El método legislativo en general - Metodología externa - Método externo del Código Civil Argentino - Metodología interna - Elementos - Sujetos - Objeto - Contenido - Vínculo - Fuente - Finalidad - Reconocimiento - Efectos - Efectos de las obligaciones - Nociones previas - Efectos con relación al acreedor - Efectos con relación al deudor - Pago - Sujetos del pago - Objeto del pago - Causa del pago - Circunstancias del pago - Gastos del pago - Prueba del pago - Efectos del pago - Imputación del pago - Ejecución específica - Modos de hacerla ejecutiva - Ejecución forzada - Astreintes - Ejecución por un tercero - Modo de actuar los efectos normales - Responsabilidad por incumplimiento - La responsabilidad en general - Orbitas contractual y extracontractual - Presupuestos de la responsabilidad - Incumplimiento objetivo - Relevancia del incumplimiento: mora del deudor - Factores de atribución - Daño - Causalidad - Ejecución indirecta - Vias de ejecución y liquidación - Ejercicio de las acciones indemnizatorias - Reparación del daño - Resguardos del crédito como activo patrimonial - El patrimonio como garantía común de los acreedores - Dinámica de la garantía común - Incumplimiento inimputable - Caso fortuito - Imprevisión - Efectos con relación al deudor - Mora del acreedor - Pago por consignación.

9502003667

DERECHO CIVIL - OBLIGACIONES - ACREEDOR - DEUDOR - PAGO - EJECUCIÓN - ASTREINTES - RESPONSABILIDAD - DAÑO - GARANTIA - IMPREVISIÓN.

347.41/.43




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